Cámaras seguridad en el trabajo y el hogar 

Cámaras de seguridad en el trabajo y el hogar

Basta con una comunicación genérica de la instalación de las cámaras a los trabajadores. Todo ello siempre que tal medida sea necesaria esté justificada y sea idónea a la

finalidad pretendida por la empresa; verificar si los empleados están transgrediendo la buena fe contractual.

Concluye el TC afirmando la proporcionalidad de la medida de instalación y empleo de medios de captación y grabación de imágenes con el fin pretendido.

Era una medida justificada porque  existían razonables sospechas de que alguno de los trabajadores que prestaban servicios de caja se estaba apropiando de dinero;

idónea para la finalidad pretendida por la empresa de verificar sus sospechas, y necesaria a fin de servir como medio probatorio de las irregularidades.

 Cámaras de seguridad en el trabajo y el hogar

Cámaras de seguridad en el trabajo y el hogar

Requisitos para poner una cámara de vigilancia en un puesto de trabajo

El Tribunal Constitucional ha tratado de ponderar la facultad de vigilancia del empleador con el derecho a la intimidad y a la dignidad del trabajador. Para ello, ha establecido unas circunstancias o requisitos que hacen legítima la instalación de cámaras de videovigilancia. Estos son:

  • El tratamiento se limitará a las finalidades previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
  • Respetarán rigurosamente el principio de proporcionalidad: se adoptarán cuando no existan otras medidas más idóneas, grabarán únicamente espacios indispensables para satisfacer la finalidades de control laboral y no se utilizarán para fines distintos de los del propio control laboral.
  • Deben tener en cuenta los derechos específicos de los trabajadores (no grabarán en espacios vetados como vestuarios o baños).
  • Se Garantizará el derecho a la información en la recogida de imágenes: información a la representación sindical, cartel anunciador e información personalizada.
  •  Inscribirá el correspondiente fichero.
  •  Cancelarán las imágenes en un máximo de 30 días conservando únicamente aquellas que sean constitutivas de infracción o incumplimiento de los deberes laborales.
  •  Garantizarán los derechos de acceso y cancelación.
  •  Formalizarán los contratos de acceso a datos por cuenta de terceros.
  •  Adoptarán las correspondientes medidas de seguridad.

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Camaras de seguridad en el trabajo y el hogar

Las medidas a tener en cuenta a la hora de instalar cámaras de seguridad en un domicilio particular que graben los accesos y mínimamente algún aledaño, son las mismas

que si fuese una empresa o entidad. Cuando la captación de imágenes se limite exclusivamente al interior de la vivienda se considera que se realiza el ejercicio de una

actividad personal o doméstica, a la que le es aplicable la legislación de protección de datos.

La instalación de cámaras  en las empresas para el control laboral de los empleados (control de horarios de entrada y salida, controles de calidad, desempeño de sus

funciones etc.) es una práctica que no cuenta con una legislación clara en casi ningún país Europeo.